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TEMA: Un caso local de conflicto de derechos humanos

Un caso local de conflicto de derechos humanos 10 Nov 2011 14:02 #5222

  • Nolano
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Aunque a primera vista pueda parecer una cuestión trivial, os voy a exponer lo que se está suscitando estos días en mi ciudad, porque creo que es síntoma de un problema bastante más profundo de Filosofía política.

Vivo en Menorca y durante estos días se ha suscitado una encendida polémica, que está ocupando las páginas de la prensa local, con motivo de la propuesta del Ayuntamiento sobre el nombre de la ciudad de Mahón. Hace unos años, cuando el gobierno municipal y el autonómico de las Islas Baleares estaban en manos de una alianza entre PSOE, PSM y EU, se procedió a cambiar oficialmente el nombre de la ciudad, que era el de “Mahón”, pasando a denominarse “Maó”. En aquel entonces el PP se opuso a la medida y ahora, tal y como prometía en su programa electoral, se propone cambiar la denominación, habiendo al respecto dos propuestas: “Mahón-Maó” o “Mahón-Mahó”.

Aquí se mezclan dos cuestiones: la primera es la de la reintroducción del nombre en castellano Mahón; la segunda es la de mantener o no el nombre actual, conforme a las reglas normalizadas de la lengua catalana (Maó) frente a la grafía tradicional (que se ve, por ejemplo, en el propio escudo de la ciudad) con hache intercalada. Esta polémica se asemeja a la de si debe escribirse México o Méjico en castellano, y no voy a ocuparme de ella.

Me interesa la segunda, la de si está bien introducir de nuevo la denominación en castellano. Y me interesa porque el Ayuntamiento lo que propone es someter la cuestión a consulta popular, para que decidan los ciudadanos; en cambio, desde el regionalismo/nacionalismo se invoca que lo correcto es que los sitios se denominen en la lengua del lugar (ya surgió este asunto en otro hilo en que Conrado sacó la cuestión de Terrassa o Tarrasa), conforme a las recomendaciones de los organismos internacionales. Y todas las instituciones académicas concernidas (Institut d’Estudis Catalans, Universitat de les Illes Balears) se han pronunciado por “Maó”.

Yo veo aquí la aparición de un conflicto más serio. Como se estudia en Filosofía política, hay una primera generación de derechos humanos, una segunda y hasta una tercera, refiriéndose esta última a los derechos “colectivos”, mientras, especialmente la primera, las otras son de derechos puramente “individuales”. Entonces: ¿cómo debe solucionarse el conflicto, si se aprecia una contradicción entre ambas generaciones de derechos humanos?

El Ayuntamiento de Mahón/Maó/Mahó creo que invoca un derecho de primera generación, de orden político, el derecho a llamarse como quiera la mayoría de la ciudadanía consultada al efecto. La oposición regionalista, sin embargo, invoca un “derecho superior”: una tradición histórica y cultural. La cultura de Menorca sería la cultura catalana y el derecho del pueblo menorquín estaría por encima de la voluntad mayoritaria en un momento dado.

A mí nunca me ha gustado nada esa “tercera generación de derechos humanos”, siempre he creído que los derechos son de las personas y que esos derechos más allá de ellas sólo puede conducir a la imposición a las mayorías de voluntades minoritarias, como me parece que ocurre en el caso que os acabo de contar. Lo que trasluce la oposición a la propuesta del Ayuntamiento me parece que es el miedo a perder la votación (si la fueran a ganar, ¿por qué preocuparse?): a que ésta ponga de manifiesto que hay una mayoría de mahoneses que prefieren expresarse en castellano; y, de paso, que se ponga en evidencia la desproporción que ese hecho guarda con la dedicación casi exclusiva de los presupuestos de cultura locales (y autonómicos, dicho sea de paso) a manifestaciones que utilizan como vehículo el catalán.
Bin ich doch kein Philosophieprofessor, der nöthig hätte, vor dem Unverstande des andern Bücklinge zu machen.
No soy un profesor de Filosofía, que tenga que hacer reverencias ante la necedad de otro (Schopenhauer).


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Última Edición: 10 Nov 2011 14:07 por Nolano.
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Re: Un caso local de conflicto de derechos humanos 10 Nov 2011 14:24 #5223

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Re: Un caso local de conflicto de derechos humanos 10 Nov 2011 16:28 #5224

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Eterna lucha de los regionalistas, nacionalistas y a veces frente a los ignorantes. Como decía aquel, pérdida de tiempo en cuestions bizantinas. Por estas otras latitudes ocurre algo semejante con A Coruña o La Coruña. Nunca se pondrán de acuerdo. La costumbre no se si puede ser un argumento pero es otra razón para decidir.
Concretamente vuestro caso, además del escudo y de la gramática catalana, tenéis una salsa mahonesa que os define, aunque los franceses arrimen su langostino y dicen que no, que sería salsa bayonaise, sumándose los que le llaman mayonesa por que les resulta más fácil o su desconocimiento les lleva hacia ahí. En historia la isla perteneció a Inglaterra y se conservó el nombre o lo pervirtieron y añadieron la hache?: Mac Mahón. No soy lingüista más bien me decanto por la salsa necesaria y de gran acierto
Última Edición: 10 Nov 2011 16:30 por pulpo.
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Re: Un caso local de conflicto de derechos humanos 10 Nov 2011 17:54 #5225

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No creas, Thunderbird, que no se le ha ocurrido a alguien, dentro de este debate, que la denominación "Mahón", tiene la gran ventaja de corresponder al nombre por el que es internacionalmente conocida la ciudad, "Port Mahon", en inglés.

El nombre de la ciudad proviene de antiguo, de "Magonis", al parecer general cartaginés fundador de la ciudad. Precisamente la hache quedó históricamente, aunque muda, en sustitución de la "g" cuya pronunciación se perdió. También hay quien ha metido la cuchara en el debate reivindicando que más tradicional que "Maó" es aún "Portum magonis", en recuerdo de cuya "g" debe mantenerse la "h".

La grafía "Maó" es la normalizada con las reglas modernas del catalán, en que se suprimieron ese tipo de haches (por ejemplo, en "raó", razón, que antiguamente se escribía "rahó").

En cuanto a la mayonesa, Pulpo, parece que la impulsaron al mundo los franceses, pero la descubrieron en Menorca (en medio de la dominación inglesa durante el siglo XVIII la isla estuvo brevemente en poder de los franceses; por eso hay un municipio menorquín que se llama San Luis y porta la flor de lis en su escudo). Es correcto tanto mahonesa como mayonesa; yo prefiero esta última forma, más que nada porque es la que me enseñaron de pequeño. Pero dudo que la descubrieran en Menorca, más que nada porque aquí no hay casi olivos y no se hace aceite; yo supongo que el origen de la salsa debe ser mallorquín, cuyo aceite es muy estimado y de gran calidad, pero de la Balear Major se debió extender a la Minor, y aquí la descubrieron los franceses.

En todo caso, estoy con Thunderbird sobre el papel de los derechos "colectivos" o "comunitarios", que son un caballo de Troya en los auténticos derechos humanos, los individuales.
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Última Edición: 10 Nov 2011 17:58 por Nolano.
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Re: Un caso local de conflicto de derechos humanos 10 Nov 2011 19:44 #5227

  • Rafel
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Nolano escribió:
... Hace unos años, cuando el gobierno municipal y el autonómico de las Islas Baleares estaban en manos de una alianza entre PSOE, PSM y EU, se procedió a cambiar oficialmente el nombre de la ciudad, que era el de “Mahón”, pasando a denominarse “Maó”. En aquel entonces el PP se opuso a la medida y ahora, tal y como prometía en su programa electoral, se propone cambiar la denominación, habiendo al respecto dos propuestas: “Mahón-Maó” o “Mahón-Mahó”.
Sí, cierto, pero el cambio se fundamentó en la Ley de Normalización Lingüística de les Illes Balears, que fue aprobada por el Parlamento el 29 de abril de 1986, que en su artículo 14 dice:

1.-Los topónimos de les Illes Balears tienen como única forma oficial la catalana.
2.-Corresponde al Gobierno de la CCAA, de acuerdo con el asesoramiento de la Universitat de les Illes Balears, determinar los nombres oficiales de los municipios, territorios, núcleos de població, vías de comunicación interurbanas en general y topónimos de la CCAA. Los nombres de las vías urbanas deben ser determinados por los ayuntamientos correspondientes, también con el asesoramiento mencionado, dando preferencia a la toponimia popular tradicional y a los elementos culturales autóctonos.
3.-Estas denominaciones son las legales a todos los efectos y la rotulación debe concordar con ellas. El Gobierno de la CCAA debe reglamentar la normalización de la rotulación pública, respetando, en todos los casos, las normas internacionales que el Estado haya suscrito.

Nolano escribió:
Aquí se mezclan dos cuestiones: la primera es la de la reintroducción del nombre en castellano Mahón; la segunda es la de mantener o no el nombre actual, conforme a las reglas normalizadas de la lengua catalana (Maó) frente a la grafía tradicional (que se ve, por ejemplo, en el propio escudo de la ciudad) con hache intercalada.
El Institut d'Estudis Catalans, publicó en 1913 el compendio de Normas Ortográficas, realizado por lingüistas y no por políticos, cuya finalidad era modernizar y adaptar la ortografía de la lengua catalana (algo que por cierto han hecho la mayoría de lenguas). Una de los puntos que se acordó fue suprimir el uso de la h intervocálica no etimológica que servía para indicar que dos vocales estaban en hiato (de este modo se eliminó la h en palabras como "raó", "veí" o "coent") pero se acordó mantener la h etimológica (como en las palabras "prohibir", "coherent", "adherent"). Según esta regla, la h de Maó se suprimió al tratarse de un caso de h intervocálica no etimológica.
Nolano escribió:
El Ayuntamiento de Mahón/Maó/Mahó creo que invoca un derecho de primera generación, de orden político, el derecho a llamarse como quiera la mayoría de la ciudadanía consultada al efecto. La oposición regionalista, sin embargo, invoca un “derecho superior”: una tradición histórica y cultural. La cultura de Menorca sería la cultura catalana y el derecho del pueblo menorquín estaría por encima de la voluntad mayoritaria en un momento dado.
Pues yo no veo que esa consulta popular invoque un derecho de primera generación, porque para que todos los ciudadanos de Maó puedan pronunciarse sobre que nombre oficial quieren para su ciudad es necesario que se amplíen las alternativas, puesto que en su propuesta queda desamparado por completo el derecho de aquellos que quieren que el nombre de la ciudad sea exclusivamente en catalán, ya sea bajo la forma de Maó, Mahó o incluso Mó, que es como los menorquines “d'arrel” llaman a su ciudad y además se pasan por el forro la posibilidad de mantener el nombre actual que es el que legitima la ley y los estudios lingüísticos.
Nolano escribió:
Lo que trasluce la oposición a la propuesta del Ayuntamiento me parece que es el miedo a perder la votación (si la fueran a ganar, ¿por qué preocuparse?): a que ésta ponga de manifiesto que hay una mayoría de mahoneses que prefieren expresarse en castellano; y, de paso, que se ponga en evidencia la desproporción que ese hecho guarda con la dedicación casi exclusiva de los presupuestos de cultura locales (y autonómicos, dicho sea de paso) a manifestaciones que utilizan como vehículo el catalán.
Para mí lo que trasluce la propuesta del Ayuntamiento es querer retomar sí o sí el nombre castellano de la ciudad, poniendo en evidencia una vez más el prejuicio que el PP mantiene contra la lengua catalana, esgrimiendo pueriles argumentos políticos y manipulando las cuestiones lingüísticas e históricas, lo que desemboca en última instancia en el maltrato del patrimonio cultural de Menorca.
Última Edición: 15 Nov 2011 13:09 por Rafel.
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Re: Un caso local de conflicto de derechos humanos 10 Nov 2011 20:39 #5228

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Creo, Rafel, que tú planteas la cuestión como de lege data y el Ayuntamiento lo hace de lege ferenda. De hecho no sería necesario realizar la consulta popular: se trata, sin embargo, de poner de manifiesto que, diga lo que diga la ley, no parece muy democrático imponer eso al ciudadano. Tal vez sería mejor cambiar la ley.

Se ha discutido bastante por aquí ese artículo que citas (el 14), pero no hay coincidencia sobre si el número 1, que se refiere a los "topónimos" (nombre de lugar o nom de lloc, según los diccionarios) es aplicable a algo como un municipio que sin duda es algo más que un "lugar" o sitio. De hecho el número 2 habla de "nombres oficiales de los municipios" y de "topónimos" en una relación en la que parece que son cosas distintas. Ten en cuenta, Rafel, que de aplicar el número 1 de ese artículo 14 a todas las situaciones relacionadas separadamente en el número 2, la "Golden House" (palacio colonial inglés que domina el Puerto y en el que se conservan importantes objetos de la dominación británica de la isla, incluyendo cartas del Almirante Nelson) debería ser llamada "Casa Daurada", o la conocida calle Fort de l'Eau, Fort de l'Aigua. Por no hablar, si lleváramos las cosas al extremo, de sustituir el británico Gin por la palabra catalana "ginebra". Menorca, como todas las islas mediteráneas ha sufrido un aluvión de culturas. Y, entre ellas, conviene no olvidarlo, la que se expresa en castellano, que no en vano el momento culmen de las fiestas de los pueblos de Menorca es siempre el "jaleo".

Es también discutible si la "h" de Mahó es o no etimológica. Desde luego no estaba en el nombre original, pero sí sustituye a una letra que estaba en el nombre original.

En todo caso no nos interesa aquí, creo, el debate lingüístico, sino el político. Aquí hay varias cuestiones.

La primera es que, aunque la gente piense lo contrario, el fundamentalismo lingüístico es mucho más acusado en los territorios de habla catalana que en el País Vasco. Allí, por ejemplo, es lo más frecuente que los municipios ostenten su nombre en ambos idiomas: Vitoria/Gasteiz, Donostia/San Sebastián, Bilbo/Bilbao, etc. A mí personalmente me parece la mejor solución, con diferencia.

Al parecer, por otro lado, no hemos entendido la propuesta del actual Consistorio en el mismo sentido tú y yo. Aunque la pregunta definitiva a formular en la consulta no está decidida, por lo que se sabe la propuesta iría por establecer una denominación en ambos idiomas (como en el País Vasco y Navarra) en vez de la actual que es sólo en catalán. Luego viene el segundo problema, que es el de cómo escribir el nombre en catalán (puesto que el castellano está claro), si con hache intercalada o sin ella. Yo, particularmente, votaría por quitar la hache, igual que escribo siempre Méjico y no México, y escribir Maó.

No creo que eso sea en absoluto un atentado contra la cultura menorquina (lo del nombre castellano); antes bien, me parece que sería una buena manera de reconocer el pluralismo cultural de la sociedad balear, hecho incuestionable y que en mi opinión no tiene el adecuado reflejo en las instituciones políticas de nuestra Comunidad Autónoma, lo que supone, entiendo, un trato discriminatorio con respecto a una gran parte de la población.

Por otra parte, Rafel, date cuenta de que la Ley de Normalización Lingüística tiene ya más de 25 años. Es inconcebible que en España hubiera una ley de uso del español o en Francia una de uso del francés; esa ley, se quiera o no, es una ley de excepción. Se trataba, en un momento determinado, de cubrir un déficit histórico de trato entre las dos lenguas cooficiales de la Comunidad. Pero esa discriminación no puede ni debe, me parece, ser mantenida indefinidamente y tendrá que llegar un momento en que el catalán deba volar por sí mismo, sin apoyos discriminatorios. Las cosas han cambiado mucho desde entonces, y, por ejemplo, la inmigración latinoamericana masiva de los últimos años ha planteado problemas nuevos que no pueden ser enfocados con el esquema lingüístico antifranquista. Es bastante penoso que pobres niños ecuatorianos, que vienen a España con importancias carencias educativas, vean cómo a sus dificultades de integración cultural se le suman barreras idiomáticas.

Tal vez la iniciativa del Ayuntamiento de Mahón/Ajuntament de Maó sirva para poner en el centro de la actualidad esa situación legal en mi opinión bastante deficiente y cuestionable. Al margen de los intereses más o menos espurios que puedan haber movido tal iniciativa, cuestión en la que, por conjetural, prefiero no entrar.

Y el problema de Filosofía política sigue latente: ¿tienen el derecho las personas de un colectivo, por mayoría, de decidir cambiar su tradición, o no?
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Jesús M. Morote
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Última Edición: 10 Nov 2011 21:02 por Nolano.
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Re: Un caso local de conflicto de derechos humanos 10 Nov 2011 21:33 #5229

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Si no me falla la memoria en el manual de Kottak ya se habla del conflicto entre derechos humanos y derechos culturales. En mi opinión no hay más derechos humanos que los de primera generación. Los de segunda y tercera generación los veo más bien como demandas sociales o de justicia social, pero dependientes de las posibilidades económicas de un país. Estos derechos sociales de segunda generación deberían ser una realidad sin tener apelar a los derechos humanos. Pero mientras estas demandas sociales no se concreten en derecho positivo no pasarán de lo que son, demandas sociales que no deben cesar, pues como dice José Luís Aranguren "incluso lo ya conquistado hay que reconquistarlo cada día, pues lo que se ha tardado en conquistar muchos años se puede perder en muy poco tiempo". No es literal del todo, es de memoria del manual de Ética.

Creo que con los llamados derechos humanos de segunda, tercera, cuarta y hasta quinta generación se pierde la especificidad de los derechos humanos: el hecho de ser exigibles en todos aquellos lugares donde se hayan suscrito tratados relacionados con ellos (la Declaración Universal de 1948, por ejemplo). No podemos referirnos a cualquier demanda social como si fuera un derecho humano exigible por ley. ¡Ojalá pudiera ser así!, entonces no habría excusa para la existencia de desigualdades sociales.

Con respecto al nombre del municipio que actualmente se llama Mahón, creo que debería ostentar el nombre que figura en su escudo. Los nacionalistas no van a ver más allá de las cuatro paredes de las que no quieren salir, no sea que se topen con peligrosos alienígenas. Por cierto que ahora me estoy acordando de que una de las actitudes nacionalistas más típicas es la práctica del nepotismo, favoreciendo a los "suyos" en detrimiento de los "otros", que no es que sea una actitud muy solidaria que digamos -que se lo pregunten a cualquier estudiante o profesor de antropología-. Por mucho que el nacionalismo sea algo fáctico en la actualidad, no deja de ser una actitud anclada en el siglo XIX.

Nolano, por lo que veo estás muy bien informado (como no podía ser de otra forma) así es que también pienso que deberían preguntarte a ti qué se debe hacer con el nombre, ¿has escrito al ayuntamiento con tus observaciones?. A fin de cuentas, siempre me gusta recordar a Rousseau cuando oigo hablar de que se va a hacer lo que la mayoría decida, ¿es que acaso la mayoría siempre tiene que tener razón? (a Hitler lo votó el 97% del pueblo alemán, es decir, la abrumadora mayoría). No siempre. Está claro que no conocemos otro sistema mejor para representar la voluntad polular, salvo el utópico concepto de la voluntad general rousseauniana que, en la práctica, es inviable.

Lo ideal es que los nombres de todas las localidades estuviesen en las lenguas oficiales de cada territorio, tal como sucede en el País Vaso. Ahora bien, creo que en el País Vasco esto lo hacen porque no todos los que pasan por allí saben vasco; en cambio, en Cataluña, si no sabes catalán y buscas Tarrasa, no te vas a confundir porque ponga Terrassa (hay otros nombres ciertamente diferentes según se lean en catalán o español: San Cugat/San Cucufate, San Boi/San Baudilio, San Quirze/San Quirico..., etc.). El parecido con la lengua castellana hace que no sea tan difícil entender catalán aun no conociendo la lengua de Pompeu Fabra.

Volviendo a la cuestión del nombre de Mahón (creo que me he ido un poco por las ramas) no debería decidirse en base a lo que decida una mayoría que no va a prestar atención a las cuestiones históricas y/o lingüísticas. Lo debería decidir un conjunto de expertos lingüistas (o uno sólo, que tampoco será tan complicado).

Yo a título personal lo dejaría en español y catalán, aunque manteniendo la hache del escudo: Mahón/Mahó a gusto del consumidor, pero no Maón/Maó, por ejemplo.
David Feltrer Bailén Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla
Graduado en Filosofía (UNED - febrero de 2016)
Estudiante del Máster en Filosofía Teórica y Práctica (UNED - octubre de 2018)
Estudiante del Grado en Geografía e Historia (UNED)
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Re: Un caso local de conflicto de derechos humanos 10 Nov 2011 22:03 #5230

  • Nolano
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Gracias por tu opinión, Conrado, que trae a colación la antropología cultural, que también está aquí en juego. Y estoy de acuerdo con lo que dices sobre los derechos humanos. Algunas observaciones a tu mensaje:

-El nombre oficial actual es "Maó", sólo en catalán y sin hache.

-Por desgracia el problema no es técnico ni lingüístico. A ese nivel puede estar la discusión entre Mahó o Maó, como versiones en catalán. En castellano nadie duda de que es Mahón. Si el nombre debe ir en dos idiomas o en uno solo no se puede decidir por expertos, es una decisión política, en mi opinión.

-Tengo algunas anécdotas personales sobre esa cuestión que dices de que no hay mucho problema con el catalán (o el gallego) porque se parece mucho al castellano. Se salen un poco del tema, pero dan qué pensar sobre el uso "político" del idioma que, no lo olvidemos, al fin y al cabo, es una herramienta para comunicarse.

Primera: en cierta ocasión, en Palma de Mallorca, se me acercaron dos británicos y me preguntaron ansiosamente: "Cathedral, please? Cathedral?". Eso ocurría justo debajo de un gran cartel del Ayuntamiento, con flecha de dirección incluida, donde ponía: "Seu". Seguramente los británicos no me lo hubieran preguntado si en el letrero hubiese puesto "Catedral".

Segunda: estando de turismo por Galicia iba con el coche con intención de visitar Finisterre, el Finis Terrae. En un momento determinado, guiándome por el excesivo tiempo que llevaba conduciendo sin encontrar el desvío, me paré y, pensando, me dije: "¿No sería ese cartel que he pasado hace un cuarto de hora en el que ponía Fisterra?".

Creo que todos los habitantes de Palma saben perfectamente dónde está la Catedral; y lo mismo los habitantes de la zona gallega cercana a Finisterre. ¿No deberían estar los letreros para ayudar a la gente y no para despistarla?
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Re: Un caso local de conflicto de derechos humanos 11 Nov 2011 17:33 #5246

  • Kierkegaard
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Nolano escribió:
¿tienen el derecho las personas de un colectivo, por mayoría, de decidir cambiar su tradición, o no?
Si me lo permitís, yo voy a pasar por encima de la cuestión lingüística y política particular, para salir al paso del planteamiento de Nolano.

Sí, efectivamente, las personas de un colectivo tienen derecho a cambiar su tradición. Porque la tradición ha de estar al servicio del hombre, y no el hombre al servicio de la tradición. Estoy por eso con vosotros, Nolano y Thunderbird, en que el derecho de los individuos debe primar en general sobre el de las comunidades.

Ahora bien, si este ejemplo que ofrece Nolano sirve para evidenciar lo antidemocrático de imponer un derecho comunitario sobre el resultado democrático de un derecho individual, ello no puede denostar sin más todas las reclamaciones de la llamada tercera generación de derechos humanos. Si sistemáticamente damos carta blanca a los de la primera generación frente a éstos, pueden cometerse, en mi opinión, auténticos atentados contra la dignidad humana y, paradójicamente, atentados indirectos contra los propios derechos de primera generación.

Entre los derechos de tercera generación se habla de "los derechos colectivos de las minorías étnicas" ("Ciudad y Ciudadanía", Trotta, p.186). En el caso mencionado, si tiene razón Nolano, es posible que una minoría étnica esté intentando imponer su voluntad a una mayoría democrática, recelando del plebiscito. Pero ¿en cuántos otros casos no es una mayoría democrática afincada en territorio urbano, por ejemplo, la que ignorando la tradicional forma de vida de minorías étnicas apoya la destrucción de su entorno e indirectamente de sus costumbres, de su religiosidad, de su forma de cultura? ¿Podemos en ese caso rechazar tan fácilmente este derecho de tercera generación que desde una comunidad étnica pretende insubordinarse, por ejemplo, a esa amenazante voluntad de la mayoría occidentalizada de un país multicultural?

En mi opinión, esta tensión revelada cuando se da conflicto entre derechos evidencia los límites en que cada uno de ellos, sea de la generación que sea, puede reclamarse y ejercerse, así como la diferente jerarquía que puede entreverse entre ellos. La segunda generación de derechos humanos - como apunta Conrado - no tiene un carácter absoluto "sino que estarán condicionados a las posibilidades materiales del Estado" (p.190). Surgen fundamentalmente a partir de la crítica marxista de los primeros como "ficción de la moral burguesa" (p.188) evidenciando por ejemplo que el derecho a la vida y el derecho a la propiedad privada no están a la misma altura. Y que si en casos extremos el primer derecho puede invocarse - incluso revolucionariamente, dirá el marxismo - como "derecho a la subsistencia", el segundo derecho debe ceder al menos parte de su poder, de su dominio, y ponerse al servicio comunitario, lo que desembocará en los Estados del bienestar europeos que hoy vemos en cuestión.

Del mismo modo, la libertad del individuo encuentra su límite no sólo en la de los demás sino también en otros aspectos que harían insostenible la propia vida humana de los demás - sería entonces cuando en lugar de libertad habríamos hecho degenerar el derecho en el libertinaje más individualista y anárquico, lo que temían tantos tradicionalismos y propuestas comunitaristas, como disolventes de un mínimo espacio ético compartido que tejiera la cohesión social sustrato del devenir político y del que ya hemos hablado.

Los derechos son de las personas, sí, pero su significado, su delimitación, se encuentra más refinado, en mi opinión, con el contraste de las generaciones que sucedieron a la primera generación de derechos humanos.
Javier Jurado
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