El otro día vi una noticia, que aparece de vez en cuando, sobre la caza de perros y lobos salvajes por parte de los ganaderos.
Ahora no quiero entrar en si es o no pertinente que dicha caza tenga lugar. Es decir, no quiero entrar al debate de si los ganaderos tienen o no derecho a defender su ganado, o en torno a los problemas que esto pueda suscitar.
Lo que me interesa ahora es el tema de las especies y sus derechos.
Resulta que hay, dicho muy superficialmente, tres tipos de animales: los perros, los lobos ibéricos (especie protegida) y los híbridos. Puesto que los lobos ibéricos no se pueden cazar, pero sí se pueden cazar los perros y los híbridos, hay algunos problemas. El más interesante, en mi opinión, y de cara al tema que quiero tratar, es que fenotípicamente son casi indistinguibles. Es decir, hace falta hacer análisis a los animales para saber qué son.
Cuando escuché esto me pareció un poco absurdo. Se está así primando el derecho de la especie por el del individuo. Dicho de otra manera, a nosotros, y atendiendo a la escasa diferencia entre los lobos y los híbridos, nos interesa más el derecho de la especie que el de sus individuos, pues lo que determina que unos u otros tengan o no 'derecho' a la vida, 'derecho' a la protección, es su carga genética.
Una vez dicho esto, es verdad que hasta aquí se está manejando la premisa de que los animales tienen ciertos tipos de derechos. Hago esta suposición desde la base de que de hecho, las especies tienen recogidas en la legislación determinados derechos que defienden su supervivencia (en cuanto que especie). Si queréis podemos antes de entrar a debatir si deben las especies o los animales (como sustancias primeras
) tener derechos o no. El problema de esta cuestión es que me parece inabarcable, pues parece que hay dos sentidos paralelos de derecho. Por un lado se entiende el derecho como aquella capacidad de hacerse efectiva una necesidad. Pero hay un momento anterior, que precisamente recoge la idea de que se tiene o no derecho a ser sujeto de derecho. Es decir, hay un primer derecho prepolítico, y un segundo derecho político. Esto obviamente es discutible. Lo que intento decir es que ese primer momento prepolítico es extremadamente complicado, pues recurre a instancias previas. Por otro lado, según este esquema, es evidente que los animales no pueden tener derechos políticos, pues no son capaces por sus características intrínsecas de reclamarlos ni de asegurar su satisfacción. Ellos habrían de recurrir a otros mecanismos para salvaguardar sus necesidades, es decir, precisamente a la competencia física, a la agresión, etc etc. Ese otro mecanismo que llamamos política y que intenta superponerse al primero, obviamente les excluye.
Cabría entonces plantearse si puede un sujeto de derechos (de derechos políticos) serlo sin tener capacidad de reclamar serlo. Supongo que a todo el mundo le viene a la cabeza la analogía con los recién nacidos o con las personas que por uno u otro motivo no son físicamente capaces. Supongo que aquí se apela a la idea de que los bebés en algún momento podrán reclamarlos, y mientras tanto se les concede. Respecto a quienes por sus condiciones físicas no pueden, se entiende que 'hubieran podido' de no ser por sus circunstancias. En el caso de los animales es diferente, pues ni hubieran podido ni podrán, pues precisamente en el momento en que empiecen a poder hacerlo entrarán en la categoría de personas, y el asunto se resolvería por sí solo.
Dicho todo esto, que es mucho y muy discutible, quería aclarar que en el mensaje original lo que pretendía era —basándome como ya he dicho en que se recoge en la legislación el reconocimiento, o mejor dicho, la necesidad de proteger a las especies en vías de desaparición— debatir si este 'derecho' de las especies tiene algún sentido. Y cómo la crítica a este derecho se desliza subrepticiamente imposibilitando el debate de si los animales pueden o no (en tanto que individuos) ser sujetos de derecho, aunque, como espero haya quedado claro, pueda haber otras causas que lo imposibiliten. Es decir, y muy claramente, que si los animales no tienen derechos, que no sea por que 'las especies' son entelequias. Este tema se mezcla en muchas ocasiones de forma muy curiosa, pues mientras que se reconoce el derecho de dichas especies, se niega el de sus individuos, incluso en casos en los que uno y otro están enfrentados, como podría ser el caso de los perros y de los lobos. Prima sobre la vida del animal que sea de una especie u otra a que sea un organismo que pudiera estar o no sujeto a derechos.