Almudena escribió:
Con obligatoria me refiero a que hay que hacerla por narices.
Es que no hay que hacerla por narices, porque NO ES OBLIGATORIA. Antes se podía reconocer desde la Formación Básica de otro grado de la misma "rama de conocimiento" y ahora se puede reconocer desde otra titulación del mismo "ámbito de conocimiento":
"En primer lugar, estos ámbitos de conocimiento son los que aportan las asignaturas que conforman sustancialmente la formación básica que se desarrolla en los Grados, garantizando así una formación transversal y reforzando el carácter generalista de este ciclo. En segundo lugar, al no ser los ámbitos del conocimiento espacios tan extraordinariamente genéricos y amplios como lo eran las cinco ramas, permiten que, garantizando la transversalidad, la oferta de asignaturas tenga mayor coherencia formativa, lo que finalmente beneficia nítidamente al estudiantado. Los ámbitos del conocimiento se han propuesto teniendo en cuenta en buena medida la estructura de comisiones de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI), aunque adaptados al hecho de que se trata de actividad docente y que deben abarcar más de ocho mil títulos que actualmente componen la oferta universitaria oficial en España, así como, y sobre todo, agrupando temáticamente los códigos del International Standard Classification of Education (ISCED, 2013) de UNESCO, que igualmente se utilizan en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) y en el Sistema Integrado de Información Universitaria (SIIU) al adscribir todos los títulos de Grado y de Máster a dicha codificación. En todo caso, serán las universidades las que propondrán el ámbito donde se adscriben sus títulos, asumiendo así su autonomía y experiencia y liderazgo educativo. Para facilitar esta operación se establece un período transitorio para adaptar la adscripción de las ramas actuales a los ámbitos del conocimiento, y se dispone de un mecanismo eficiente para agilizar el procedimiento administrativo correspondiente."
"9. En todo caso, específicamente para los títulos de Grado se deberá tener presente que:
a)
Serán objeto de estos procedimientos hasta la totalidad de los créditos de formación básica entre títulos del mismo ámbito de conocimiento." (la negrilla es mía)
Los "ámbitos de conocimiento" están en el Anexo I. Filosofía pertenece a:
"– Historia, arqueología, geografía, filosofía y humanidades"
Desconozco cual es la interpretación del departamento de reconocimientos y convalidaciones de Filosofía, pero no me parecería descabellado que sea (siga siendo) bastante laxa y favorezca el reconocimiento desde cualquier asignatura que se de en esos en esos grados del mismo "ámbito de conocimiento".
A mí esta reforma no me parece que solucione el problema y está claro que quien ha diseñado los ámbitos de conocimiento si sabe qué es la arqueología o la geografía, no entiende la filosofía... o tal vez sea yo que cada vez entiendo menos de todo...
Aquí está el BOE, por si a alguien le interesa:
www.boe.es/boe/dias/2021/09/29/pdfs/BOE-A-2021-15781.pdf