Cualquiera que lea el artículo 4 de la Ley Orgánica 4/81 puede llegar a la conclusión de que el estado de alarma es el correcto, máxime cuando uno lee, entre otros, el artículo 16 de la Ley y qué derechos fundamentales pueden ser suspendidos en un estado de excepción.
Artículo cuarto.
El Gobierno, en uso de las facultades que le otorga el artículo ciento dieciséis, dos, de la Constitución podrá declarar el estado de alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca alguna de las siguientes alteraciones graves de la normalidad.
a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.
b) Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.
c) Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos veintiocho, dos, y treinta y siete, dos, de la Constitución, concurra alguna de las demás circunstancia o situaciones contenidas en este artículo.
d) Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.
Sucede, sin embargo, y lo digo después de llevar más de tres mil juicios a mis espaldas, que el derecho es más ideológico que "científico" y que, pese a que, aparentemente, el antiguo brocardo "in claris interpretatio non fit" debería ser suficiente para dar respuesta a muchas cuestiones, siempre te vas a encontrara jueces que, por ideología o por conveniencia política, dictan lo que más los apetece.
En esta cuestión lo único que se debate es qué ganas puede tener el Tribunal Constitucional en hacer oposición al Gobierno. Por otro lado, causa perplejidad que quienes más cuestionan el estado de alarma diciendo que es un estado de excepción encubierto son los menos partidarios de las libertades, los que disfrutan viendo a cantantes de rap en la cárcel. En fin, que este tema está a años luz de ser un tema filosófico. Es pura politica, y de muy bajo nivel y que persigue únicamente desgastar al Gobierno durante esta crisis.