Kierkegaard escribió:
Supongamos una cultura que tenga como uno de estos medios de prueba de la verdad el principio que reza “Cuando el Papa se pronuncia ex cathedra – o el Jefe de la tribu habla en acto oficial –, no puede equivocarse”. De aquí, si la proposición que analizamos contradice alguna de estas pronunciaciones, resultará falsa en su sistema. Mientras que si se analiza en otro sistema, en el que dicho principio no aparece, podría ser perfectamente verdadera. Así que me temo que no puedo ratificarte ese avance, salvo que me aclares otra cosa.
De acuerdo, no vayamos más adelante sin haber aclarado antes todos estos puntos.
1.- Antes que nada vamos con lo más sencillo. Si no estoy equivocado el dogma de la infalibilidad del Papa sólo tiene como ámbito las “cuestiones de fe y de moral”. Evidentemente, no cuestiones de conocimiento, que son de las que aquí tratamos. No es adecuado, pues, invocar aquí ese dogma como criterio de verificación de proposiciones sobre hechos. Si hay alguna cultura que tenga vigente un criterio como ése, tráela aquí a colación y la discutimos.
Kierkegaard escribió:
Quizá no he sabido explicarme bien, pero yo no nos veo avanzar demasiado. Si uno de los “medios de prueba de la verdad” no pertenece al catálogo de criterios del sistema gnoseológico de una cultura, ¿cómo podríamos hablar de su universalidad?…De hecho, creo que no has respondido a la circularidad que achaco al principio de los “expertos”. ¿Desde qué criterios los tenemos o no en cuenta? Porque para la cuestión de Galileo, un experto podría ser un astrónomo como Kepler, o un exégeta bíblico,
2. Entro en la cuestión de la circularidad que achacas al juicio de "expertos" como vía de conocimiento de los hechos.
Tu reproche podría enunciarse de la siguiente forma: Si utilizo como criterio de verificación de hechos el dictamen de expertos y yo mismo decido quiénes son esos expertos, ese criterio del dictamen de expertos no es tal, sino que, en última instancia se reduce a mi arbitrio personal. O, ampliando el campo: si una cultura decide quiénes son los expertos, el dictamen de expertos para la verificación de hechos es “cultural”, un arbitrio de esa cultura no generalizable.
Bueno, me parece que ése es un falso argumento, en el contexto en que nos estamos moviendo. Creo que si, en un caso de homicidio mediante uso de veneno, hay un frasco al lado del cadáver y, por lo tanto, resulta pertinente para averiguar qué pasó, si yo como fiscal pido el dictamen de un Licenciado en Ciencias Químicas, no es conforme a los buenos usos argumentativos (y el juez se reiría del abogado que impugne en base a ello la solicitud de ese informe pericial) alegar que yo, el fiscal, actúo arbitraria y tautológicamente diciendo quién es el experto en el análisis de venenos. Y me da igual si se trata de una tribu de indios apaches: si hay que analizar un veneno se acudirá a quien en la tribu se dedica a preparar brebajes, no al herrero. Sin embargo, si se trata de analizar la procedencia de un cuchillo, se acudirá al herrero de la tribu y no a la comadrona.
Me resultaría a mí muy fácil, para salir victorioso de esta discusión (aunque por este camino no habríamos avanzado mucho en nuestras investigaciones, que creo que es de lo que se trata), decirte a ti que utilizas un argumento circular si defiendes la “culturalidad” de los medios de prueba de la verdad de los hechos. En efecto, ¿cómo caracterizamos una cultura? Por un conjunto de rasgos. Si entre esos rasgos se halla un sistema veritativo propio yo te acusaré de circularidad, pues evidentemente, en tal caso, toda cultura tendrá, por definición, como rasgo característico un sistema veritativo propio. Si, por el contrario, un sistema veritativo propio no es un rasgo definitorio de una cultura, ya tendría yo razón y no hay sistemas veritativos “culturales”.
3.- Por otro lado, y bajo esos supuestos, tal vez no excesivamente rigurosos, y haciendo abstracción de si debemos dar un contenido extensionalista o intensionalista a términos como “experto” o “cultura”, doy por supuesto, lo que es mucho suponer, que cuando hablamos de “cultura” tenemos un cierto concepto de que con eso queremos decir algo concreto. No voy a pedir que se diga qué es ese algo concreto y doy por supuesto que lo hay. Si no, cerramos la discusión.
Pero creo que sí que es legítimo, para contraargumentar contra tu ejemplo de Bellarmino-Galileo, pedirte que me aclares si realmente piensas que Bellarmino y Galileo pertenecían a dos culturas distintas. Yo creo que pertenecían a la misma cultura y que los términos de la discusión no versaban sobre medios de prueba de la verdad, sino sobre diferente valoración de los medios disponibles, que todos aceptaban. Y, en particular, sobre el derecho de un particular a realizar una interpretación propia de los medios de prueba disponibles, en vez de someterse al criterio de los teólogos.
No tengo inconveniente, si no te convenzo al afirmar que se trata no de un conflicto de culturas sino de un caso de polémica intracultural, en seguir discutiendo el caso de Galileo y la Iglesia, pues hay muchos más datos a considerar que los que tú simplificadamente exponías (por huir de una excesiva prolijidad). Pero no creo que sea el ejemplo que buscamos de refutación de mis tesis.
Kierkegaard escribió:
Por otro lado, ya que me la sirves en bandeja, me aprovecho de las ordalías como ejemplos de medios de prueba de la verdad: tu refutación no me parece del todo correcta, porque si bien el de Dios sería un juicio y no una prueba, si alguien estuviera acusado de cometer un asesinato y, con la ordalía, Dios pareciera juzgarlo inocente, al margen de que Dios lo perdonase a pesar del crimen, ¿no se deduciría más habitualmente que no lo ha cometido, o lo que es lo mismo, que es falso que lo haya cometido?
4.- Expuse el caso de las ordalías como muestra de buena fe argumentativa; aquí no se trata de tener razón, sino de enriquecer nuestro saber.
Mis conocimientos en esta materia son bastante escasos. De hecho, lo que se me viene a la cabeza en primer lugar es la novela Ivanhoe (y la película) en la que se somete a juicio de Dios la inocencia de la judía Rebeca de York (la entonces bellísima, y hoy ya fallecida, Elizabeth Taylor:
sic transit gloria mundi). Poco fiable fuente. A mí, en todo caso, me parece improbable que, si se producía un homicidio, se fuese metiendo la mano de todos los aldeanos en agua hirviendo, para ver quién era el homicida (pues, posiblemente, acabarían todos quemados y todos los homicidios serían como el de Fuenteovejuna: ¡todos a una!). Quiero creer que más bien consistía, como ocurre en Ivanhoe, que alguien acusado e incriminado por las pruebas habituales (las que yo señalé), una vez condenado por el juicio de los hombres, tenía derecho a invocar el juicio de Dios, y meter la mano en el caldero de agua hirviendo: allá él con su mano; o arriesgar alguien que creyera en la inocencia del condenado su vida en combate, en la confianza de que Dios le daría la victoria por ser de justicia.
Creo que eso supera bastante el ámbito de nuestra discusión sobre los medios de verificar hechos. Pero si alguien tiene mejor opinión o información, podemos entrar también a investigar la cuestión más a fondo.